Información Inicial en Prevención de Riesgos Laborales

La normativa[1] establece que la Universidad debe adoptar las medidas adecuadas para que su personal reciba todas las informaciones necesarias en relación a los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos y las medidas de emergencia. Debe informar directamente a cada trabajador/a de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos. Por ello, se ha de informar inicialmente en el momento de su incorporación en la Universidad, actualizándola periódicamente para  incluir los cambios menores que se hubieran producido y comunicando con carácter inmediato las modificaciones mayores como, por ejemplo, las derivadas de la investigación de daños para la salud o de la introducción de nuevos métodos de trabajo, equipos o productos.

La información se envía a cada persona a través de su correo electrónico o de la Sede electrónica de la Universidad, dejando registro de su envío en su expediente profesional.

En el siguiente enlace podrá consultar información en prevención de riesgos laborales (PRL) general, relacionada con su puesto de trabajo y su riesgos, además de otras situaciones específicas.

[1] Artículo 18 sobre Información, consulta y participación de los trabajadores de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.